CAPPARELLI LUCRECIA HAYDEE, INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE S/ AMPARO (RECURSO DE)
Lucrecia Haydee Capparelli interpuso recurso de apelación contra la aprobación de una liquidación de astreintes por parte del Tribunal en lo Criminal N° 2 de Dolores. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la nulidad de la sentencia interlocutoria por falta de integración del tribunal.
Actor: Lucrecia Haydee Capparelli Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) Objeto: Nulidad de la sentencia interlocutoria que aprobó una liquidación de astreintes. Decisión: Se declaró la nulidad de la sentencia interlocutoria dictada el 3-6-2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pronunciamiento dictado el 3-6-2025 fue suscripto exclusivamente por el Dr. Antonio Francisco Severino, juez integrante del Tribunal en lo Criminal N° 2 del Departamento Judicial Dolores. Esa intervención no autoriza a concluir que la actuación jurisdiccional del órgano colegiado pueda válidamente tenerse por cumplida con la intervención de un solo magistrado." "La falla así detectada acarrea la nulidad de lo resuelto, en tanto el pronunciamiento en crisis, en razón de la naturaleza del órgano designado para intervenir en el presente amparo, obligaba al Tribunal Colegiado a fallar la causa en Acuerdo." "El dictado de la sentencia interlocutoria de fecha 03-06-2025, al haber sido suscripta en solitario por el Dr. Antonio Francisco Severino lesiona en forma directa y sustancial las garantías del debido proceso."
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