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ARROYO NOEMI ELISA C/ PAREDEZ RAMON ANDRES Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA

El demandante interpuso un recurso de aclaratoria para subsanar omisiones en la sentencia sobre daños morales. La Cámara de Apelación hizo lugar al recurso, fijando intereses aplicables desde la fecha del hecho hasta la liquidación del crédito.

Incidente Aclaratoria Dano moral Intereses Procedencia Sentencia Error material C.p.c.c. C.p.c.a. Mar del plata

Actor: Elisa Noemí Arroyo Demandado: Ramón Andrés Paredes y otros Objeto: Aclaración sobre la fijación de intereses en el rubro daño moral. Decisión: Se declara admisible el recurso de aclaratoria y se fijan los intereses correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso de aclaratoria intentado resulta formalmente admisible, toda vez que fue deducido contra la sentencia dictada en la causa, por quien es parte legitimada en el pleito, tempestivamente y persiguiendo la subsanación de un error material del fallo de esta Alzada." "Habiéndose omitido en la sentencia dictada por este Tribunal el 26-2-2027 fijar los intereses correspondientes al rubro daño moral, déjase aclarado que a la suma determinada por tal concepto deberán adicionarse intereses de conformidad a la doctrina que emana de los precedentes de la S.C.B.A."

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