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C.B. E. C/ C. L. A. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)

El demandante solicitó protección contra la violencia familiar. La Cámara declaró abstracto el recurso de apelación debido a que las medidas solicitadas ya habían vencido.

Recurso de apelacion Proteccion contra la violencia familiar Medidas cautelares Interes juridico Abstracto Ley 12.569 Juzgado de origen Conflicto familiar Vencimiento de medidas Costas de alzada

Actor: C. B. E. Demandado: C. L. A. Objeto: Protección contra la violencia familiar. Decisión: Se declaró abstracto el tratamiento del recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La tutela que se demanda en juicio debe ser actual, soportándose en un interés directo y vigente, pues los Tribunales no deciden cuestiones teóricas o doctrinarias." Además, se señala que "los pronunciamientos abstractos son impropios de decisiones judiciales", y se concluye que "el plazo de la medida verbalmente establecida con fecha 15 de diciembre de 2025, YA HA FENECIDO." Por lo tanto, se encomienda al Juzgado de origen cumplir con el art. 14 de la ley 12.569 respecto de todos los miembros de la conflictiva familiar.

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