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L. N. J. M. S/ SUCESION AB-INTESTATO

El Dr. José María Jalil presentó un escrito como gestor en una sucesión ab-intestato, el cual fue declarado nulo por la Cámara. La decisión se fundamentó en la falta de acreditación de personería y el vencimiento del plazo para su ratificación.

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Actor: Dr. José María Jalil (en carácter de gestor) Demandado: C. A. L. Objeto: Nulidad de la presentación del 20 de septiembre de 2025 y de todo lo actuado en consecuencia. Decisión: Se declara de oficio la nulidad de la presentación y de todo lo actuado en consecuencia, con costas al gestor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La nulidad que contempla debe ser declarada de oficio (art. 172 del CPCC). [...] la nulidad del acto que generó la resolución apelada, se transmite a todos los posteriores que son su consecuencia (art. 174 del CPCC). [...] la presentación no puede considerarse ratificación válida [...] por razones concurrentes e independientes."

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