DE LELLIS GLADYS MABEL C/ TRANSPORTES LA PERLITA S.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Gladys Mabel De Lellis interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró prescripta su acción por daños derivados de un accidente de transporte. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el plazo de prescripción aplicable era de dos años según el Código Civil y Comercial.
Actor: Gladys Mabel De Lellis Demandado: Transportes La Perlita S.A; Otro/a Objeto: Indemnización por daños derivados de un accidente de transporte. Decisión: Se confirma la decisión de primera instancia que declaró prescripta la acción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La pretensión deducida se enmarca en un reclamo indemnizatorio derivado de la prestación del servicio de transporte, supuesto que cuenta con regulación específica en el art. 2562 inc. d) del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece un plazo de prescripción de dos (2) años para las acciones por daños derivados del contrato de transporte de personas o cosas." "El encuadre de la relación jurídica en el ámbito del derecho del consumidor no altera la solución adoptada." "Finalmente, el principio in dubio pro consumidor no resulta aplicable, toda vez que no se configura una situación de duda interpretativa respecto de la norma aplicable, sino la presencia de una disposición específica que regula de modo directo la cuestión planteada."
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