RAMIREZ JUANA MARIELA Y OTRO/A C/ MASTROGIACOMO FEDERICO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
El apelante cuestionó la regulación de honorarios de la mediadora, considerándola excesiva. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no se demostró la irrazonabilidad del monto fijado.
Actor: Ramírez Juana Mariela y otros Demandado: Mastrogiacomo Federico y otros Objeto: Regulación de honorarios de la mediadora Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la regulación de honorarios
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El apelante no logra demostrar que la aplicación del art. 31 de la Ley 13.951 y su decreto reglamentario genere un supuesto concreto de confiscatoriedad o irrazonabilidad manifiesta... no comparto los argumentos expuestos por el letrado de la citada en garantía, en tanto tienden a desvalorizar la tarea desarrollada por la mediadora... Admitir regulaciones sensiblemente inferiores desnaturalizaría esa finalidad legal y podría desalentar la intervención efectiva de quienes cumplen un rol central en la construcción de soluciones tempranas... En este caso no se advierten elementos que justifiquen apartarse de los parámetros establecidos."
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