R., V. A. (POR SI Y EN REP. DE SU HIJA MENOR L. N. M.) C/ D., J. C. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la falta de reconocimiento de paternidad. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, confirmando el daño moral para la actora y desestimando el reclamo por la nieta.
- Quién demanda: V. A. R. (por sí y en representación de su hija menor L. N. M.)
¿A quién se demanda?
J. C. D.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por falta de reconocimiento de paternidad.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el daño moral para la actora, modificando su monto a $15.000.000, y se desestima el daño moral para la nieta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El carácter voluntario del reconocimiento no lo convierte en un acto de arbitrariedad, ni lo desliga de principios fundamentales de derecho como el de no dañar a otro y el de dar a cada uno lo suyo." "El reconocimiento de la filiación es un acto jurídico familiar voluntario y unilateral. Esto significa que depende de la iniciativa del progenitor." "La falta de reconocimiento implica una omisión antijurídica susceptible de generar responsabilidad extracontractual, en caso de que se verifiquen los restantes presupuestos necesarios al efecto (art. 1074 C. Civil)."
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