CALDERÓN LUCIANO JORGE C/ ENTE ADMINISTRADOR ASTILLERO RIO SANTIAGO Y OTRO/A S/ REINSTALACION (SUMARISIMO)
El actor demandó por el restablecimiento de condiciones laborales y el pago de sumas adeudadas. El Tribunal del Trabajo N°1 hizo lugar a la acción, ordenando la restitución de montos por 'premio por eficiencia' y 'vacaciones' no abonados.
Actor: Calderón Luciano Jorge Demandado: Ente Administrador Astillero Río Santiago Objeto: Restablecimiento de condiciones laborales y pago de sumas adeudadas por "premio por eficiencia" y "vacaciones". Decisión: Se hace lugar a la demanda, ordenando la restitución de los montos adeudados y el restablecimiento de las condiciones laborales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La alteración de las remuneraciones en detrimento del actor por parte del Astillero demandado -reduciendo su salario-, excede el ámbito del ius variandi, pues significa lisa y llanamente una modificación de los términos contractuales." "La demandada unilateralmente modificó la fórmula mediante la cual se calculaba 'históricamente' el rubro 'vacaciones', implicando dicha modificación una afectación en el núcleo duro del contrato." "No habiéndose probado que dicho accionar obedeciera a alguna de las excepciones previstas en el art. 132 de la LCT, corresponde ordenar el restablecimiento de la metodología de cálculo de los ítems 'vacaciones' así como la restitución de las acreencias."
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