PERRET MARIANGEL Y OTRO/A C/ AUTOASEGURADORA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Las letradas Mariangel Perret y Juliana Carassai solicitaron la regulación de honorarios por su actuación en un proceso administrativo ante la Comisión Médica. El Tribunal de Trabajo de Junín hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en 4,06 jus cada una, conforme a la normativa aplicable.
Actor: Dra. Mariangel Perret; Dra. Juliana Carassai Demandado: Autoaseguradora Gobernación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Regulación de honorarios profesionales por actuación en un proceso administrativo. Decisión: Se hace lugar a la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El procedimiento previsto en los arts. 21 y 22 de la LRT 24.557 y arts. 1 a 3 de la Ley N° 27.348 hace referencia a las comisiones médicas jurisdiccionales... los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado... estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo." "Se advierte, en base a tal legislación, que este es el procedimiento administrativo en el cual intervino el letrado accionante como patrocinante del damnificado... debiendo por ello regularse los honorarios profesionales de dicho letrado por su actuación ante dicho organismo de la administración pública." "Hacer lugar a la demanda deducida, determinando los honorarios profesionales de la Dra. JULIANA BELEN CARASSAI, y de la DRA MARIANGEL PERRET... en la cantidad de 4,06 jus cada una..."
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