QUEZADA MARIA CRISTINA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BS.AS S/ AMPARO POR MORA
María Cristina Quezada promovió una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para que se expida sobre su solicitud de jubilación. El Tribunal hizo lugar a la acción, ordenando al organismo a pronunciarse en un plazo de 30 días.
Actor: María Cristina Quezada Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Pronto despacho sobre la solicitud de jubilación presentada el 11/06/2024. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo por mora, ordenando al demandado a expedirse en 30 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La finalidad de este instituto jurídico es sólo procurar el pronto despacho del obrar demorado. Dicha orden será procedente cuando se hubiere dejado vencer los plazos fijados y, en caso de no existir éstos, si hubiere transcurrido un plazo que excediese lo razonable." "El incumplimiento del deber de pronunciarse en forma expresa y fundada frente al pedido presentado, resulta violatorio de la garantía de defensa, que se integra con el derecho a obtener una decisión, no sólo fundada, sino también oportuna." "Corresponde hacer lugar a la pretensión de amparo por mora deducida, condenando a la autoridad demandada a expedirse dentro del plazo de 30 (treinta) días."
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