CHAZARRETA CLAUDIA NOEMI Y OTRO/A C/ PONSE PEÑA EZEQUIEL GUSTAVO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Claudia Noemí Chazarreta promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inacción de la actora, imponiendo las costas a la misma.
Actor: Claudia Noemí Chazarreta Demandado: Ezequiel Gustavo Ponce Peña Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se decreta la caducidad de la instancia por falta de actividad procesal
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de la instancia es un arbitrio judicial instituido para sancionar la inacción de los litigantes... la perención debe estimarse como una medida excepcional y por lo tanto de aplicación restrictiva." "A la fecha ha transcurrido por segunda vez el plazo de tres meses establecido para los juicios sumarios sin producción de actividad procesal útil... debe decretarse la caducidad de la instancia." "Las costas se imponen a la actora en su condición de vencida."
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