CASTILLO BLANCA LIDIA (NRO 83) C/ LA CABAÑA SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Se declara la caducidad de instancia en un proceso por falta de impulso. El Tribunal fundamentó su decisión en el incumplimiento de los plazos establecidos por el CPCC.
Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Impulso del proceso. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 11 de Septiembre de 2023. [...] corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC). [...] Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)."
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