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Se declara la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal por parte de la actora. El Tribunal fundamenta su decisión en el incumplimiento de los plazos establecidos por el CPCC y la falta de actividad procesal útil.

Caducidad de instancia Impulso procesal Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Costas Honorarios Notificacion Jurisprudencia Proceso civil Provincia de buenos aires

Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Impulso del proceso. Decisión: Se decreta la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC, pese a encontrarse debidamente notificada." "La jurisprudencia ha señalado que la paralización del expediente no determina la suspensión del término de caducidad." "La instancia se abre con la sola promoción de la demanda, sin necesidad de su notificación, autorizándose a oponer la caducidad si la actora no cumple con la carga de impulsar el procedimiento."

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