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I. E, J. M. c/ INSSJYP s/AMPARO LEY 16.986

El apoderado de la demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y reguló honorarios. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró desierto el recurso, confirmando la decisión de primera instancia y la imposición de costas.

Amparo Ley 16.986 Recursos Costas Honorarios Desierto Juzgado federal Apelacion Inssjp Procedimiento


¿Quién es el actor?

I. E., J. M.

¿A quién se demanda?

INSSJP
- Objeto de la demanda: Amparo Ley 16.986
- Decisión del tribunal: Se declara desierto el recurso de apelación y se confirman las costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las alegaciones que el recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, por cuanto no expone los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho." "La imposición de las costas no debe apartarse de la regla general de su carga al vencido, debiendo desestimarse el agravio en cuestión." "Los emolumentos fijados por el Juez de grado se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423."

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