COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA SALUD DE CLINICA MOSCONI C/ ESPÓSITO MAXIMILIANO EZEQUIEL Y OTROS S/ ACCION PREVENTIVA -DAÑOS-2020
La Cooperativa de Trabajo de la Salud de Clínica Mosconi desistió de la acción contra Espósito Maximiliano Ezequiel y otros. El Tribunal aceptó el desistimiento y resolvió que las costas se distribuyan en el orden causado.
Actor: Cooperativa de Trabajo de la Salud de Clínica Mosconi Demandado: Espósito Maximiliano Ezequiel y otros Objeto: Acción preventiva por daños Decisión: Se acepta el desistimiento de la acción y se determina que las costas se distribuyan en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El desistimiento de la acción y el proceso es una forma de terminación del juicio, manifestando quien ha iniciado el proceso que se desinteresa de su continuación." "Conforme ello, la voluntad expresada por la parte accionante, en cumplimiento de lo normado en los arts. 304 y ss. del CPCC."
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