Logo

PAZ MARINA BEATRIZ C/ RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ HOMOLOGACION MEDIACION LEY 13.951

El actor solicitó la homologación de un acuerdo de pago alcanzado en mediación. El Tribunal homologó el acuerdo, considerando que no existían vicios en la voluntad de las partes.

Homologacion Mediacion Acuerdo de pago Voluntad de las partes Ley 13.951 Codigo civil y comercial Tribunal Notificacion automatizada Fuerza de ley Desacuerdo

Actor: Paz Marina Beatriz Demandado: Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Homologación de un acuerdo de pago. Decisión: Se homologó el acuerdo de pago celebrado por las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las partes han suscripto un acuerdo de pago en la etapa de mediación, cuya copia obra adjunta en formato PDF en la presentación electrónica efectuada en fecha 26/03/2026, el cual no fue reconocido por 'Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada' parte demandada... no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado, y en virtud de lo manifestado precedentemente: RESUELVO: Homologar con fuerza de ley el acuerdo de pago celebrado por las partes."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar