CEBALLO, MARTA ALICIA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD
La Sra. Marta Alicia Ceballo promovió una acción de amparo contra la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación por una incorrecta facturación de su cuota. El tribunal desestimó la excepción de cosa juzgada y ordenó ajustar la facturación a los parámetros establecidos por la normativa vigente.
Actor: Sra. Marta Alicia Ceballo Demandado: Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación Objeto: Ajuste de la facturación de la cuota de salud a los parámetros legales. Decisión: Se desestimó la excepción de cosa juzgada y se hizo lugar parcialmente a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jurisprudencia ha declarado que a partir de la reforma constitucional de 1994, el artículo 43 consagra expresamente la acción de amparo y establece cuáles son los presupuestos de su admisión y procedencia." "La existencia de un remedio administrativo o la falta de agotamiento de la vía administrativa no es óbice para la protección de un derecho constitucional a través de la acción de amparo." "La facturación emitida a partir del mes de julio de 2020 no se ajusta a la normativa aplicable en la materia y a los parámetros fijados por la sentencia dictada en la causa conexa n° CCF 8943/2016."
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