INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS DIVISIÓN INVESTIGACIONES DE LA COMUNA 8 DE LA POLICIA DE LA CIUDAD S/ COHECHO PASIVO S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
RGJ interpuso una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en un proceso de ejecución alimentaria. El Tribunal Superior de Justicia desestimó la queja por no acreditar el depósito requerido, considerando que la exención no aplica al obligado al pago.
¿Quién es el actor?
RGJ
¿A quién se demanda?
Tribunal que denegó el recurso de inconstitucionalidad
- Objeto de la demanda: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado
- Decisión del tribunal: Se tiene por desistida la queja presentada por RGJ
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La exención prevista en el artículo 3, inciso i, de la ley 327 —referida a las demandas por alimentos— beneficia exclusivamente al acreedor alimentario, no así al obligado al pago." "Habiendo vencido el plazo para cumplir con la intimación sin que el recurrente acreditara la integración del depósito ni la concurrencia de alguna causal de exención, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y tener por desistida la queja presentada por RGJ." La jueza De Langhe, en disidencia, argumentó sobre la falta de análisis de admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad por parte de las Cámaras de Apelaciones, sugiriendo que esto afecta el derecho al debido proceso.
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