R, A. M. L. c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986
El apoderado de OSECAC apeló la sentencia que impuso costas a su mandante tras declarar abstracto el amparo. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró parcialmente desierto el recurso y confirmó los honorarios regulados al letrado de la parte actora.
¿Quién es el actor?
A. M. L. R.
¿A quién se demanda?
OSECAC
- Objeto de la demanda: Amparo Ley 16.986
- Decisión del tribunal: Se declara parcialmente desierto el recurso de apelación y se confirman los honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las alegaciones que el recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, pues no expone los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho." "Cabe recordar que los recursos tienen por objeto los errores de razonamiento. Es que la crítica concreta y razonada de las partes del fallo recurrido... debe consistir en la indicación detallada de los pretendidos errores, omisiones y demás deficiencias de hecho y de derecho en que fundó el juez su decisión." "Entiendo que corresponde desestimar la apelación intentada y confirmar los honorarios recurridos, de acuerdo a lo normado por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423."
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