Logo

DI FRANCO, CARMEN ELISA c/ OMINT SA DE SERVICIOS s/SUMARISIMO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra OMINT DE SERVICIOS SA por un aumento de cuota no autorizado tras cumplir 60 años. El Juzgado Civil y Comercial Federal 6 rechazó la acción, argumentando que los aumentos eran legales y acordes a la normativa vigente.

Amparo Medicina prepaga Aumento de cuota Franjas etarias Ley 26.682 Contrato Responsabilidad Salud Accion de amparo Costas


¿Quién es el actor?

C.E.D.F.

¿A quién se demanda?

OMINT DE SERVICIOS SA
- Objeto de la demanda: Reclamación por aumento de cuota de medicina prepaga tras cumplir 60 años.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La pretensión deducida por la actora no puede ser admitida, puesto que no se ha acreditado responsabilidad de la accionada en el hecho de marras." "Las entidades de Medicina Prepaga están facultadas a fijar los aumentos del valor de la cuota según franjas etarias cuando así estuviere estipulado en el contrato." "La demandante no acreditó en la causa la imposibilidad de pago de la cuota, ni cuestionó la constitucionalidad de ninguna de las normas aquí analizadas."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar