C. N. E. C/ I. C. J. S/ALIMENTOS (INFOREC 32)
El demandado apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria a favor de su hijo menor. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la imposición de costas era justificada por la necesidad del juicio para establecer la cuota alimentaria.
Actor: C., N. E. Demandado: I., C. J. Objeto: Fijación de cuota alimentaria. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia y se imponen las costas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 68 del C.P.C.C. adopta -como principio general
- la teoría del hecho objetivo de la derrota para la imposición de las costas causadas en el juicio, prescindiendo de la conducta procesal observada por las partes... la condena en costas en esta clase de juicios viene dada por la peculiar índole de la obligación."
"La promoción del juicio fue necesaria para establecer una cuota que fue resistida por él... no se advierten motivos que justifiquen apartarse del referido principio general del art. 68 primer párrafo del C.P.C.C."
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