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PEREZ MARTINEZ, RADEX EMANUEL c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

El apoderado de OSDE apeló la sentencia que ordenó la cobertura integral de leche maternizada para el menor B.E.P.M. La Cámara Federal de Salta confirmó parcialmente la decisión, reconociendo el derecho a la salud del niño y la necesidad de la fórmula prescripta.

Amparo Salud Leche maternizada Alergia a la proteina de leche de vaca Cobertura integral Derechos del nino Ley 27.305 Ley 27.611 Osde Primera infancia


¿Quién es el actor?

Radex Emanuel Pérez Martínez

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de leche maternizada SANCOR BB2 para su hijo B.E.P.M.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura, pero se limita a la edad del menor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La negativa de la demandada a brindar cobertura integral de la leche maternizada prescripta resulta ilegítima y configura una restricción indebida al derecho a la salud del niño B.E.P.M." "La interpretación amplia e integrativa que aquí se propicia es la que mejor se corresponde con los objetivos de la ley 27.611 que establece la necesidad de fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las personas gestantes y de los niños." "Se concluye que la cobertura de fórmulas alimentarias a cargo de las obras sociales es hasta los doce meses de edad, siempre que medie prescripción médica."

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