ARRIETA RAUL HERNAN C/ MIERES MATIAS ALEJANDRO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la condena a la aseguradora y la inconstitucionalidad de la ley que limitaba la actualización de la indemnización.
Actor: RAÚL HERNÁN ARRIETA Demandado: MATIAS ALEJANDRO MIERES; RÍO URUGUAY SEGUROS COOPERATIVA LIMITADA Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito, incluyendo indemnización por incapacidad física y psicológica. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la condena a la aseguradora y la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El daño debe evaluarse a la fecha de la sentencia o lo más próxima a ella que sea posible, pues la medida del daño no puede ser cristalizada en el momento de su producción... el resarcimiento al damnificado por el hecho ilícito debe ser pleno e integral." "La incapacidad computable en materia resarcitoria no es sólo la laborativa, sino que es todo menoscabo o detrimento que se sufra en áreas como las relaciones sociales, deportivas, artísticas, sexuales, etc." "La aplicación de una tasa pura del 12% desde la fecha del hecho dañoso es adecuada, considerando la devaluación de la moneda y la necesidad de evitar la licuación del crédito indemnizatorio."
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