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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOMEZ FRANZERO FLAVIA NOEMI S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires apeló la sentencia de trance y remate dictada en un cobro ejecutivo. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo la validez de la capitalización de intereses y la mora automática pactada.

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Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Flavia Noemí Gómez Franzero Objeto: Cobro ejecutivo de una deuda por convenio de refinanciación. Decisión: Se confirma la sentencia de trance y remate del 18/12/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación que resultó objeto de la acción ejecutiva posee su origen en un convenio de refinanciación [...] la parte demandada se obligaba al pago de dicha suma, mediante el pago de un anticipo de $120.000 [...] el monto sobre el cual debe aplicarse el pago del anticipo es sobre la suma total que dio nacimiento a dicho convenio, es decir la suma de $1.812.776,17." "Conforme el nuevo régimen establecido en el artículo 886 del Código Civil y Comercial de la Nación, cuando existe un plazo determinado para el cumplimiento de la obligación, la mora del deudor opera de forma automática." "En el contrato de refinanciación de deuda, en la Clausula 5ta, se pactó la capitalización semestral [...] la aludida capitalización deberá efectivizarse en forma semestral."

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