T. E. E. S/ CONCURSO ESPECIAL
Los herederos del fallido apelaron la decisión que rechazó la prescripción de la sentencia y la caducidad de la inscripción hipotecaria. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando la confusión entre prescripción y caducidad.
Actor: T. E. E. Demandado: Herederos del fallido Objeto: Prescripción de la sentencia y caducidad de la inscripción hipotecaria Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó los planteos de prescripción y caducidad
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El agravio central se apoya en una asimilación indebida entre prescripción y caducidad de instancia... la prescripción es un instituto de derecho sustancial que extingue la acción por el transcurso del tiempo, mientras que la caducidad es una sanción procesal derivada de la inactividad de las partes durante un plazo determinado." "La Ley de Concursos y Quiebras establece un régimen específico para la verificación y satisfacción de los créditos... no puede sostenerse que el crédito verificado sea alcanzado por un plazo prescriptivo quinquenal." "El art. 2210 del Código Civil y Comercial... establece que los efectos del registro de la hipoteca se conservan por el término de treinta y cinco años, si antes no se renueva."
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