MUNICIPALIDAD DE GRAL. PUEYRREDON C/ DI MILTA MARIA DEL CARMEN S/ INCIDENTE DE REVISION
La Municipalidad de Gral. Pueyrredon interpuso un incidente de revisión por la caducidad de instancia. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la inacción de la incidentista durante más de 15 años.
Actor: Municipalidad de Gral. Pueyrredon Demandado: Di Milta María del Carmen Objeto: Revisión de la caducidad de instancia Decisión: Se confirma la caducidad de instancia decretada en primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad se verifica objetivamente por el transcurso de los plazos previstos a tal efecto y con independencia de las razones o circunstancias extraprocesales o de fondo que motivaron la ausencia de actividad útil." "La falta de agregación de la cédula por parte del órgano jurisdiccional, no resultaba obstáculo alguno para que la parte incidentista efectuara los requerimientos pertinentes al juzgado." "La apelante sostiene que la prosecución de la causa dependía de una actividad judicial... no obstante, la última actividad útil fue en 2009, sin que se verificara ninguna actuación útil posterior."
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