A. J. A. C/ F. E. D. S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El demandado interpuso un recurso de apelación contra la sentencia del 11/02/26. La Cámara declaró desierto el recurso por falta de presentación de agravios, confirmando así la sentencia de primera instancia.
Actor: A. J. A. C. Demandado: F. E. D. S. Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 12/02/26.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La apelante no dio cumplimiento a la carga de expresar agravios en los términos establecidos por los arts. 254 y 320 del CPCC". "En las condiciones explicitadas, corresponde se aplique la sanción contenida por el art. 261 del CPCC, declarando en consecuencia desierto el recurso de apelación".
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