MUNICIPALIDAD DE PINAMAR C/ BONGIOVANNI, SILVIA PATRICIA S/APREMIO (INFOREC 904)
La Municipalidad de Pinamar apeló la sentencia que hizo lugar a la excepción de prescripción de deudas tributarias. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, confirmando que los períodos reclamados ya estaban prescriptos.
Actor: Municipalidad de Pinamar Demandado: Silvia Patricia Bongiovanni Objeto: Cobro de deudas tributarias por un total de $390.303,20. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se mantuvo la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El efecto de la suspensión no alcanzó a los períodos por los que se reclama en el presente recurso (tributos 001/2018; 002/2018; 003/2018 y 004/2018), los que con vencimiento el 7-1-2018; 6-5-2018; 5-7-2018 y 6-9-2018, respectivamente, de todos modos al 12-10-2023 ya se encontraban prescriptos." "La norma del art. 2541 CCyCN estipula que la suspensión sólo tiene efecto durante seis meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción." "Por tratarse el cómputo del plazo de un aspecto que regulado por el CCyCN, no habilitó la posibilidad de alterar a partir de modificaciones introducidas en el ámbito local, se desestima también esta parcela del agravio."
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