MIGUEL LUIS ALFREDO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES -BAPRO Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor promovió demanda contra la Caja de Jubilaciones y la Provincia de Buenos Aires, solicitando la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 15.008 y el restablecimiento de su régimen de movilidad previsional. El tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y reconoció el derecho del actor a que se liquiden sus haberes conforme a la normativa anterior.
Actor: Miguel Luis Alfredo Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires; Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y restablecimiento del régimen de movilidad previsional. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se reconoce el derecho del actor a que se liquiden sus haberes previsionales conforme a la ley anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El nuevo mecanismo que consagra la ley 15.008 en reemplazo del existente implica desentenderse de la remuneración que perciben los activos para pasar a la utilización de otras herramientas determinativas del haber... Esto conlleva una clara violación a la garantía de la movilidad previsional que consagra el artículo 14 bis de la Constitución Nacional." "La actualización del haber previsional dispuesto en el artículo 41 de la ley 15.008 infringe la garantía de movilidad (artículos 14 bis de la Constitución Nacional y 39 de la Constitución provincial, entre otros)." "Se reconoce al Sr. Luis Alfredo Miguel el derecho a que se liquiden sus haberes previsionales conforme la actualización dispuesta en la ley que se venía aplicando hasta la vigencia de la ley 15.008 o la ley 15.514."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: