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MARIÑO DIOS TOMAS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaratoria de herederos de Mariño Dios Tomás tras su fallecimiento. El Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Mar del Plata declara herederos a su cónyuge e hijos, conforme a la normativa aplicable.

Sucesion Declaratoria de herederos Herencia Codigo civil y comercial Causante Bienes gananciales Juzgado civil y comercial Mar del plata Intervencion del agente fiscal Derechos sucesorios

Actor: Govoni Ana Mercedes; Mariño Ezequiel Tomas; Mariño Dario Alejandro Demandado: No hay demandado específico, se trata de un incidente sucesorio. Objeto: Declaratoria de herederos. Decisión: Se declara a los herederos de Mariño Dios Tomás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por el fallecimiento de MARIÑO DIOS TOMAS DNI 18.570.842 le suceden en carácter de herederos sus hijos Mariño Ezequiel Tomas, Mariño Dario Alejandro y su cónyuge Govoni Ana Mercedes; este último en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales." "Cése la intervención del señor Agente Fiscal."

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