BANCO SUPERVIELLE SA C/ MONTENEGRO ZARAGOZA SEBASTIAN GONZALO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
Banco Supervielle S.A. promovió acción de secuestro contra Montenegro Zaragoza Sebastián Gonzalo por falta de pago de un crédito garantizado con prenda. El Tribunal rechazó el secuestro inaudita parte, considerando que se vulnera el derecho de defensa del deudor en el marco de una relación de consumo.
Actor: Banco Supervielle S.A. Demandado: Montenegro Zaragoza Sebastián Gonzalo Objeto: Secuestro de un vehículo como garantía de un crédito. Decisión: Se declaró inaplicable el art. 39 del D.L. 15.348/46 y se rechazó el secuestro solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La protección del consumidor no resulta compatible con la existencia de procedimientos que impiden su participación, ya que tiene derecho a controlar el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 36 de la LDC en las operaciones de crédito para el consumo." "El secuestro, por esencia, carece de 'autonomía', siempre se dispone a los fines de preservación de un bien sobre el que se debate en un proceso principal." "Considero que el secuestro requerido no podrá progresar inaudita parte, puesto que de procederse de ese modo se estaría vulnerando el derecho de defensa en juicio y la garantía del debido proceso del deudor consagrado en la CN y en la ley de defensa del consumidor."
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