LUPERTO GRACIELA C/ GILABERT MARIA FERNANDA S/ INTRUSION-ACCIONES DERIVADAS DE
Se promovió un interdicto de recobrar la propiedad por despojo violento de un inmueble. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución del bien a la actora, considerando la rebeldía de la demandada como presunción de veracidad de los hechos alegados.
Actor: Ana Carolina Figari, sucesora de Graciela Luperto. Demandado: María Fernanda Gilabert. Objeto: Restitución de un inmueble por despojo violento. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución del inmueble.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El interdicto de recobrar es una disposición de orden público tendiente a prevenir la violencia y el atentado de hacerse justicia por sí mismo... En atención a los términos en que ha quedado trabado el litigio, esto es, rebeldía de la parte demandada que se encuentra firme, la misma constituye en el caso una presunción de verdad de los hechos lícitos y pertinentes contenidos en el escrito de inicio... En consecuencia, por hallarse acreditado el supuesto que la actora invoca, la acción resulta procedente, ordenando a la demandada a restituir el bien que es objeto de este proceso."
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