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EDESUR S.A. C/ TOLEDO RAMONA S/ COBRO EJECUTIVO

Edesur S.A. solicitó la cancelación de deuda en un proceso de cobro ejecutivo. El Tribunal hizo lugar a la solicitud de cancelación y reguló los honorarios a favor del letrado de la parte actora.

Cobro ejecutivo Cancelacion de deuda Honorarios Edesur s.a. Toledo ramona Jus arancelarios Costas Ley 14967 Codigo civil y comercial Proceso judicial

Actor: Edesur S.A. Demandado: Toledo Ramona Objeto: Cancelación de deuda por pago en un cobro ejecutivo. Decisión: Se hace lugar a la solicitud de cancelación de deuda y se regulan los honorarios del letrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tiénese presente lo manifestado respecto de la cancelación de deuda por pago (865 y sgtes del CCCN). Las costas se imponen al actor (arts. 68 CPCC)." Además, se regulan los honorarios a favor del letrado en la suma equivalente a 7 JUS Arancelarios, con el 10% de aportes de ley e IVA en caso de corresponder.

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