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ACHERUSIO MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaración de herederos de María Acherusio tras su fallecimiento. El Tribunal declara a los herederos universales, incluyendo a su hijo y nietas, conforme a lo dispuesto por el Código Civil y el CPCC.

Sucesion Herederos Codigo civil Cpcc Fallecimiento Universales herederos Declaratoria de herederos Derecho sucesorio Notificacion electronica Provincia de buenos aires

Actor: D. H. Demandado: No hay demandado específico. Objeto: Declaración de herederos de María Acherusio. Decisión: Se declara a los herederos universales de María Acherusio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3545, 3565, 3570, 3566 y 3549 Código Civil y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MARIA ACHERUSIO le suceden en carácter de universales herederos su hijo HUGO MACIAS y en representación de su hija premuerta CLARA MACIAS, sus nietas CLARISA MARA, ERICA ANDREA y ELIANA CARLA POLLASTRINI y MACIAS."

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