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EDESUR SA C/ RIAL SUSANA S/ COBRO EJECUTIVO

Edesur S.A. solicitó la continuidad de un cobro ejecutivo contra Rial Susana. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por falta de actividad procesal de la actora, considerando que no se cumplió con la carga de impulsar el proceso.

Cobro ejecutivo Caducidad de instancia Inaccion procesal Edesur s.a. Rial susana Cpcc Proceso judicial Costas Impulso procesal Derrota objetiva

Actor: Edesur S.A. Demandado: Rial Susana Objeto: Cobro ejecutivo Decisión: Se decretó la caducidad de instancia por falta de actividad útil de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad de instancia... consiste en que, durante el transcurso de determinados plazos legales, sobrevenga la inacción absoluta tanto de la parte cuanto del órgano judicial... Los fundamentos que justifican el mantenimiento de esta institución son la presunción de desinterés exteriorizado por el indicio de la inactividad..." "Es claro, entonces, que desde el proveído del 18/06/2025, la actora no realizó acto alguno tendiente a dar impulso al procedimiento... a solicitud de la contraria o de oficio se tendrá por decretada la caducidad de instancia." "Por las argumentaciones precedentemente expuestas y de conformidad con lo normado por los artículos 310 inciso 3º, 311 y 315 CPCC RESUELVO: I.
- Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones."

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