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VILLAGRAN SANTIAGO BENJAMIN Y OTRO/A C/ ALANOCA CATACATA MARIO ALEJANDRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores y demandados celebraron un acuerdo transaccional en el marco de un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El Tribunal tuvo por concluido el proceso y reguló los honorarios de los abogados y peritos intervinientes.

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Actor: Villagrán Santiago Benjamín y otro Demandado: Alanoaca Catacata Mario Alejandro y otros Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se tuvo por concluido el proceso por acuerdo transaccional y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su art. 1642 que 'la transacción produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial'; es decir que su mera presentación en el expediente resulta suficiente para la operatividad del efecto preclusivo." "Consecuentemente, téngase presente el acuerdo arribado en la presentación a despacho en los términos del art. 1642 del CCCN, en virtud del cual corresponde dar por concluidas las actuaciones." "Respecto de los peritos intervinientes y tomando idéntica base arancelaria que la indicada ut-supra, regúlense los honorarios de la siguiente manera: a los peritos Silvana Andrea Petinari (contadora), Lucas Mario Chiani (ing. mecánico), Leandro Osvaldo Redelico (médico) y Fernanda Nelida Jimenez (psicóloga) en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($ 1.363.000.-) para cada uno."

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