GOSSIS NORBERTO DANIEL C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ EJECUCION HONORARIOS
El actor promovió la ejecución de sus honorarios profesionales por 15.72 Jus arancelarios contra la demandada. El Tribunal resolvió hacer lugar a la ejecución, imponiendo las costas al vencido y estableciendo intereses desde la mora.
Actor: NORBERTO DANIEL GOSSIS Demandado: RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Objeto: Ejecución de honorarios profesionales por 15.72 Jus arancelarios. Decisión: Se hace lugar a la ejecución promovida por el actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que encontrándose vencido el plazo legal para que el ejecutado oponga excepciones corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)." "Respecto a los intereses habiendo el profesional optado por reclamar sus honorarios en la unidad arancelaria Jus, corresponde aplicar sobre los mismos, desde la fecha de mora acaecida el 15-12-2025 y hasta su efectivo pago, la tasa de interés del 12% anual (art. 54 inc. a Ley 14967)." "Las costas del presente se imponen al ejecutado en su carácter de vencido difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (arts. 68 del CPCC y art. 51 del arancel)."
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