R.A.E. C/ G.A.D. S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor A.E.R. demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que el demandante no acreditó la pérdida de prioridad de paso del demandado.
Actor: A.E.R. Demandado: A.D.G.; Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito. Decisión: Se rechaza la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La prueba del hecho constitutivo de la pretensión, es decir, la circunstancia de que el demandado detuvo su marcha, correspondía al actor (doc. art. 375 CPCC). [...] no habiéndose comprobado la detención del demandado, y siendo que era éste quien tenía la prioridad de paso por circular por la derecha, encuentro la causa adecuada del hecho dañoso en la violación a la prioridad de paso encabezada por el actor, por lo que la demanda sin más se rechaza." "La declaración que surge de la IPP, que es la que más me convence de todas las declaraciones, el testigo fue preciso en establecer que el rodado del demandado venía a media/alta velocidad, lo que genera congruencia en su relato en cuanto no menciona ningún frenado del rodado VW Gol Country."
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