TOMAS SERGIO RICARDO C/ ANIF S.A Y OTROS S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
El actor promovió ejecución de honorarios de mediación por la suma de 0.44 IUS. El Tribunal ordenó la ejecución de la sentencia y fijó intereses del 12% anual desde la mora, imponiendo las costas a la parte demandada.
Actor: Tomás Sergio Ricardo Demandado: Anif S.A; Lucio Jorge Claudio; Freedom Building SRL; Sebastián Carmelo Torre Objeto: Ejecución de honorarios de mediación por 0.44 IUS Decisión: Se ordenó la ejecución de los honorarios con intereses y costas a la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio". "La mora del obligado al pago de los honorarios se produce al vencimiento del plazo de diez días corridos, posteriores a la firmeza de la providencia regulatoria." "El mediador ha optado por la opción a) del art. 54 de la ley arancelaria. Así, la profesional reclama sus honorarios convertidos en la unidad IUS, con un interés del 12% anual."
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