SANDOVAL, ADRIÁN DARÍO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE JUICIO ABREVIADO EN AUTOS SANDOVAL , ADRIÁN DARÍO SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
La Obra Social de los Empleados de Comercio interpuso una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. El Tribunal Superior de Justicia eximió a la recurrente del pago del depósito requerido para la queja, fundamentando su decisión en la exención de tasas judiciales.
¿Quién es el actor?
Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Reintegro de gastos por prestaciones médicas por Covid-19.
- Decisión del tribunal: Se exime a la obra social del pago del depósito de la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 39 de la ley 23661 establece que los agentes del seguro están exentos del pago de tasas y contribuciones nacionales y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires." "Las obras sociales, en su carácter de agentes naturales del seguro de salud... se encuentran exentas del pago de la tasa de justicia." "En virtud de lo expuesto, corresponde eximir a la obra social recurrente del pago del depósito previsto en el artículo 34 de la ley 402." Voto en disidencia: "El artículo 3 de la ley 327 no exime a la recurrente del pago de la tasa judicial... corresponde hacer efectivo este último y tener por desistida la queja."
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