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P., N. G. S/ AUTORIZACION JUDICIAL

La actora solicitó autorización judicial para la implantación de un embrión criopreservado tras el fallecimiento de su pareja. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia, autorizando la implantación sin reconocimiento de filiación, debido a la falta de prueba de voluntad procreacional.

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Actor: N. G. P. Demandado: L. A. Objeto: Autorización para la implantación de un embrión criopreservado. Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia, autorizando la implantación del embrión sin reconocimiento de filiación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La fecundación post mortem constituye un punto de fricción entre principios fundamentales como la autonomía reproductiva, la voluntad procreacional, el respeto debido a la persona fallecida y la seguridad jurídica." "El silencio legislativo desplaza la carga decisoria hacia los jueces, quienes somos enfrentados a preguntas cuyo peso ético y moral es aplastante." "La ausencia de voluntad procreacional impide el emplazamiento filiatorio, pero no la posibilidad de implantar el embrión, dado que el fallecido consintió su donación." "La legislación no prohíbe la maternidad en soltería, ni la monoparentalidad voluntaria."

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