B. D. E. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Y SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA 18064 IPP 03-02-000381-23 UFIJ 6 (J.E.P. 20232)
El penado Bortolotti Diego Ezequiel solicitó la Libertad Asistida y Salidas Transitorias. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal rechazó el recurso de apelación, confirmando la denegación de los beneficios solicitados por falta de viabilidad.
Actor: Defensa de BORTOLOTTI DIEGO EZEQUIEL Demandado: BORTOLOTTI DIEGO EZEQUIEL Objeto: Libertad Asistida y Salidas Transitorias Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la denegación de los beneficios solicitados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Carcelaria estimó 'INVIABILIDAD' de incluir a BORTOLOTTI en el beneficio de LIBERTAD ASISTIDA y 'INCONVENIENCIA' en el beneficio de SALIDAS TRANSITORIAS, sugiriendo que transite en regímenes de alojamiento donde se flexibilicen las reglas impuestas." "Se advierten indicadores psicodinámicos de reserva y cierta premura para el acceso a los beneficios solicitados, sugiriendo que en principio, transite en la Unidad de autogestión." "El informe psicológico señala que no surgen reflexiones críticas sobre la recurrencia de su accionar delictual, manteniendo una postura exculpatoria respecto de la causa actual."
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