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M., A. N.S S/ INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19537 IPP 03-00-10714-25 UFIJ 3 (JEP-20420)

El interno Alan Nicolás Moncayo solicitó su inclusión en el Régimen Abierto en el marco de su condena por tenencia de estupefacientes. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión del juez de ejecución que denegó el pedido, argumentando que se cumplían los requisitos legales para acceder al régimen.

Incidente Regimen abierto Ejecucion penal Tenencia de estupefacientes Arbitrariedad Principio de legalidad Progresividad Tratamiento penitenciario Derechos del interno Ley 12.256

Actor: Dra. Paola Liliana Berlingeri Demandado: Alan Nicolás Moncayo Objeto: Inclusión en el Régimen Abierto Decisión: Se revocó la resolución que denegaba el régimen abierto y se incluyó al interno en el mismo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El régimen abierto se trata de un derecho de todo condenado, cuando el servicio penitenciario lo considere pertinente. En este caso, no veo razón alguna para denegar un derecho cuando se dan los requisitos para concederlo, y la falta de utilización de la herramienta laboral no resulta óbice para denegar el instituto en trato." "Se sugiere que el nombrado sostenga su participación en las actividades tratamentales que viene desarrollando -educativas y formativas-, y continúe en un espacio de apoyatura psicológica a fin de dar tratamiento a su problemática adictiva."

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