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ALAYE DELIA GRACIELA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Delia Graciela Alaye interpone recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar parcialmente a su demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y modificó la metodología de cálculo de los haberes.

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Actor: Delia Graciela Alaye Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reajuste de haberes previsionales Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se modificó la metodología de cálculo de los haberes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La jueza a quo dictó sentencia y resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda instaurada, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y su inaplicabilidad al caso, reconociendo el derecho a de Delia Graciela Alaye, al reajuste de su haber de pasividad." "El régimen de movilidad dispuesto por la ley 15.008 en su artículo 41... provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires... ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."

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