SARRIES EDUARDO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PCIA DE BS AS S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
El actor Eduardo Sarries interpuso recurso de apelación contra la sentencia que le reconoció el pago de días de licencia anual no gozada. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el derecho a las licencias se mantuvo vigente hasta su retiro.
Actor: Eduardo Sarries Demandado: Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Pago de días de licencia anual ordinaria no gozada Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la pretensión del actor
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza de primera instancia dictó sentencia por la que resolvió hacer lugar a la pretensión articulada, anular la resolución n° RESO-2020-1443-GDEBA-MSGP y reconocer a Eduardo Sarries el pago de los días de licencia anual ordinaria no gozada (LANU) no incluidos en la liquidación practicada y abonada por el organismo demandado... Se considera aplicable al caso la ley 13.982 y su decreto reglamentario n° 1.050/09... se hallan demostradas las sucesivas denegatorias e interrupciones de licencias anuales por razones de servicio... El derecho en especie al usufructo de los lapsos anuales de descanso supo mantenerse vigente hasta el momento del cese por retiro." "El plazo para su cómputo comienza a contarse desde que la prestación es exigible, esto es, desde que el accionante pasara a retiro... La normativa aplicable prevé una excepción a la regla general, según la cual las vacaciones deben ser gozadas anualmente por el personal, como es el caso de las licencias suspendidas o interrumpidas por razones de servicio."
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