M. Y. I. C/ R. A. DE J. S/ ALIMENTOS
El actor apeló la resolución que fijó la cuota alimentaria en un 35% de los ingresos del demandado, considerando insuficiente el monto para cubrir las necesidades de sus tres hijos. La Cámara modificó la sentencia, elevando la cuota al 40% de los ingresos del demandado, con un piso mínimo equivalente a una Canasta de Crianza.
Actor: M., Y. E. Demandado: R., A. de J. Objeto: Modificación de la cuota alimentaria fijada en un 35% de los ingresos del demandado. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria, elevándola al 40% de los ingresos del demandado, con un piso mínimo equivalente a una Canasta de Crianza.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley establece que ambos progenitores tienen la obligación de alimentar y educar a sus hijos, conforme a su condición y fortuna... el principio de proporcionalidad entre las necesidades del alimentado y la capacidad económica del obligado, que debe observarse para determinar la prestación alimentaria." "Los elementos de convicción reunidos en autos... permiten merituar de modo integral su capacidad económica y aprecio que lleva razón la actora en cuanto a que la sentencia ha determinado una cuota totalmente insuficiente para satisfacer las necesidades de los beneficiarios." "Postulo una moderada elevación de la cuota fijada en la instancia anterior y con base en el principio de proporcionalidad... elevar el valor a la suma equivalente al 40% de los ingresos que por todo concepto perciba el demandado."
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