SOTO JUAN RAMON S/ ABRIGO
Los tíos maternos apelaron la sentencia que declaró la adoptabilidad de cuatro niños. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que se priorizó el interés superior de los menores y se agotaron las instancias de reintegración familiar.
¿Quién es el actor?
C., R. C.; M., A. N. (tíos maternos)
¿A quién se demanda?
C., E. M. (progenitora)
- Objeto de la demanda: Declaración de adoptabilidad de los niños C., S. E.; C., T. D.; S., G. A.; S., J. R.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de adoptabilidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional... aparecen como pilares de protección frente a la situación de un niño y su relación con el entorno familiar." "La compleja situación que viene pasando esta familia data del año 2016... hasta llegar a tomar la resolución de declarar el estado de adoptabilidad." "El derecho a la vida familiar tiene hoy pleno reconocimiento... el Estado se encuentra obligado a favorecer el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar." "Se advierte que ni antes ni después del dictado de la medida de abrigo la familia de origen cuenta con las condiciones necesarias a los fines de brindarle a los niños los cuidados necesarios para su desarrollo integral." "En consecuencia, resulta esencial la intervención del cuerpo de profesionales... que permita organizar una estrategia útil, entendida como una solución actual y previsora."
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