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SOTO JUAN RAMON S/ ABRIGO

Los tíos maternos apelaron la sentencia que declaró la adoptabilidad de cuatro niños. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que se priorizó el interés superior de los menores y se agotaron las instancias de reintegración familiar.

Proceso de adopcion Interes superior del nino Proteccion de derechos Familia de origen Medidas de abrigo Tios maternos Progenitora Adopcion Cuidado de menores Jurisprudencia sobre infancia


¿Quién es el actor?

C., R. C.; M., A. N. (tíos maternos)

¿A quién se demanda?

C., E. M. (progenitora)
- Objeto de la demanda: Declaración de adoptabilidad de los niños C., S. E.; C., T. D.; S., G. A.; S., J. R.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de adoptabilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional... aparecen como pilares de protección frente a la situación de un niño y su relación con el entorno familiar." "La compleja situación que viene pasando esta familia data del año 2016... hasta llegar a tomar la resolución de declarar el estado de adoptabilidad." "El derecho a la vida familiar tiene hoy pleno reconocimiento... el Estado se encuentra obligado a favorecer el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar." "Se advierte que ni antes ni después del dictado de la medida de abrigo la familia de origen cuenta con las condiciones necesarias a los fines de brindarle a los niños los cuidados necesarios para su desarrollo integral." "En consecuencia, resulta esencial la intervención del cuerpo de profesionales... que permita organizar una estrategia útil, entendida como una solución actual y previsora."

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