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SUTERYH VILLA GESELL C/GARCIA PATRICIA S/CONSIGNACIÓN

Se homologó la transacción celebrada entre SUTERYH VILLA GESELL y GARCÍA PATRICIA, dando por terminado el juicio. El Tribunal consideró que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces y en ejercicio de su voluntad.

Homologacion Transaccion Trabajo Juicio Capacidad Voluntad Costas Honorarios Ley 20744 Ley 15057

Actor: GARCÍA PATRICIA Demandado: SUTERYH VILLA GESELL Objeto: Homologación de la transacción celebrada por las partes. Decisión: Se homologó la transacción y se impusieron las costas a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.)" "La homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes'." "Entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio."

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