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PELUAS SUANEZ ANGEL FROILAN C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio con la demandada en el marco de un recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el convenio, considerando que no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.

Incidente Homologacion Acuerdo conciliatorio Celeridad procesal Ley 14.997 Derechos laborales Costas Honorarios Tasa de justicia Orden publico

Actor: PELUAS SUANEZ ANGEL FROILAN Demandado: PREVENCIÓN A.R.T. S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada entre la parte actora y demandada... no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes." "La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio... y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite." "Las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado."

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