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CRUCCIANELLI ROSASCHI JOSÉ MARIA C/ FALCA JUAN MARIANO Y OTRO/A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió una acción especial por accidente de trabajo contra sus codemandados. El Tribunal homologó la conciliación alcanzada entre las partes, estableciendo el pago de cinco millones de pesos y regulando honorarios profesionales.

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Actor: CRUCCIANELLI ROSASCHI JOSÉ MARÍA Demandado: JUAN MARIANO FALCA; MARIA LUJAN VICENTE Objeto: Homologación de una conciliación por accidente de trabajo. Decisión: Se homologó la conciliación y se establecieron las condiciones de pago y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La referida conciliación es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T." "Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)." "Los pagos de honorarios profesionales deberán cancelarse mediante depósito bancario en la cuenta que cada profesional sea titular."

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